SC. DE CNAEO PISONE PATRE
   
Senado Consulto sobre Cn. Pisón Padre
   
10 de diciembre del 20 d. C. )
 

 
A. M. Canto, Hispania Epigraphica, 6, 1996, n. 881, pp. 303-325 ).
     

 

Tema y destinatario.

[Lín. 0]

 
Senadoconsulto sobre Cneo Pisón padre, notificado al procónsul (de la Hispania Ulterior Bética) Numerio Vibio Sereno.
 

A.

IntroducciÓn.

[Lín. 1-4]

 
(Fue redactado) el 10 de diciembre (del año 20 d.C.) en el Palatino, en el pórtico junto al templo de Apolo. Formaron la comisión redactora (los cinco senadores siguientes) : Marco Valerio Mesalino -hijo de Marco, de la tribu Lemonia-, Cayo Ateyo Capitón -hijo de Lucio, de la Aniense- Sexto Pompeyo -hijo de Sexto, de la Arnense-, Marco Pompeyo Prisco -hijo de Marco, de la Teretina- y Cayo Arreno Galo -hijo de Cayo, de la Galeria-, y los (dos) cuestores (de los cónsules) Lucio Nonio Asprenate -hijo de Lucio, de la Pomptina- y Marco Vinucio -hijo de Publio, de la Poblilia.
 

B.

MociÓn (relatio) del Emperador.

[Lín. 4-11]

 
Debido a que, en el ejercicio de su vigésimosegunda potestad tribunicia, Tiberio César Augusto, hijo del divino Augusto -pontífice máximo, tres veces cónsul y designado para el cuarto consulado-, remitió al Senado la instrucción del sumario (informando)
(1) cómo había sido vista la causa contra Cneo Pisón padre y si se decidiría que éste se había dado la muerte con justicia ; y
(2) cómo había sido vista la causa de Marco Pisón ; y como a esta (primera) moción (Tiberio) hubiera añadido :
(3) que este estamento tuviera en cuenta su intercesión en favor del joven (hijo de) Pisón,
(4) cómo había sido vista la causa de (la esposa, Munacia) Plancina (en favor de cuya persona ya había expuesto previamente lo que solicitaba y por qué motivos), y (finalmente)
(5) que el Senado juzgara acerca de Viselio Caro y Sempronio Baso, colaboradores de Pisón, acerca de tales asuntos (los senadores) adoptaron los siguientes acuerdos :
 

C.

Senatusconsulta contestando a las diferentes quaestiones
presentadas por Tiberio.

[Lín. 12-22 : Preámbulo gratulatorio]

 
- QUE el Senado y el Pueblo de Roma agradecieran en primer lugar a los Dioses Inmortales porque no consintieron, por los planes criminales de Cneo Pisón padre, turbar la paz de la situación política actual (por la razón de que no se puede aspirar a una mejor, tal como sucede que la disfrutamos gracias a nuestro emperador) ; y en segundo lugar a su príncipe, Tiberio César Augusto, porque proveyó al Senado de todo lo necesario para averiguar la verdad ; y cuya imparcialidad y disposición tolerante a justo título admiran al Senado ; ya que, por muy evidentes que fueran los crímenes de Cneo Pisón padre (hasta el punto de que por su propia mano se infringió la pena máxima), no por eso evitó (Tiberio) el enjuiciarlo, ni dejó de exhortar a sus hijos (incluso al que, no siendo todavía miembro del Senado, quiso que fuera introducido ante él), citándolos para que defendieran la causa de su padre y para que ambos expusieran todo cuanto quisieran en defensa de su padre, de su madre y de Marco Pisón.
 
[Lín. 23-70 : Exposición de motivos y cargos probados contra Pisón]
 
Así pues, como por varios días se desarrollara el proceso, tanto por los acusadores de Cneo Pisón padre como por el propio acusado, y se leyeran públicamente las cartas y las copias de los memoriales que Germánico César había escrito a Cneo Pisón, y declararan (por ambas partes) los testigos de cualquier condición (los senadores) juzgaron que la singular moderación y tolerancia del César Germánico habían sido por completo vencidas por la salvaje conducta de Cneo Pisón padre. Y que por ello mismo Germánico César, ya moribundo -él mismo testificó que Cneo Pisón padre era el causante de su muerte-, le había negado su amistad con muy buenos motivos (los que siguen) :
 
Pisón debía haber tenido presente que él había sido nombrado en calidad de agregado a Germánico César, quien había sido enviado, por nuestro emperador y con la autoridad del Senado, para poner en orden la situación política de los asuntos de ultramar, que requerían la presencia o del propio Tiberio César o de uno u otro de sus hijos.
 
Despreciando el honor de la casa imperial y las leyes vigentes, puesto que él estaba adscrito a un procónsul, y especialmente a este procónsul (ya que el pueblo había aprobado una ley para él, de forma que en cualquier provincia en la que Germánico César se presentase tuviese un poder mayor que el que tuviera el procónsul que la gobernara, de tal modo que en cualquier circunstancia sólo la autoridad de Tiberio fuera superior a la suya), (Pisón) se comportó como si le correspondieran todo el derecho y todo el poder, en tal manera que cuando estuvo en la provincia de Siria promovió en todo cuanto le fue posible la guerra con Armenia y con Partia.
 
En efecto, a pesar de las órdenes del emperador y de las frecuentes cartas que Germánico le mandaba cuando estaba ausente, se negó a alejar más a Vonones -que era un peligro para el rey de los Partos- para que no pudiera escapar de su custodia, lo que en efecto hizo ; y consintió que unos cuantos malvados y atrevidos de entre los Armenios pactaran con Vonones para que por medio de ellos se provocara una revolución en Armenia y que Vonones (la) ocupara, una vez muerto o puesto en fuga el rey que Germánico había dado a aquel pueblo según la voluntad de su padre y del Senado. Y esto lo había hecho Pisón sobornado por los grandes regalos de Vonones.
 
Que además, sepultados tiempo ha todos los horrores de la guerra civil, gracias al sobrenatural poder del divino Augusto y a las cualidades de Tiberio César Augusto, (Pisón) había intentado provocar una guerra civil al regresar, una vez muerto Germánico César, a la provincia de Siria, la cual había abandonado en vida de aquél dejando la peor opinión y el peor ejemplo. Por cuya causa se vieron obligados los soldados romanos a chocar entre ellos y además, como es sabido, con una dureza sin igual.
 
Éste (Pisón), sin abrirles juicio y sin escuchar la opinión de su Consejo, castigó a muchos (soldados) a la pena capital ; y no sólo hizo crucificar a extranjeros, sino incluso a un centurión, ciudadano romano.
 
Éste (Pisón) corrompió la disciplina militar establecida por el divino Augusto y mantenida por Tiberio César Augusto, pues no se contentó con disculpar a los soldados por haber obedecido a quienes les mandaban -según nuestra viejísima costumbre-, sino que a su nombre les dio recompensas de la caja imperial. Hecho lo cual se regocijó llamando a unos soldados «pisonianos» y a los otros «cesarianos», y gratificando a aquéllos que le prestaban obediencia tras llamarse con tal nombre.
 
Éste (Pisón), después de la muerte de Germánico César (cuyo asesinato no sólo fue llorado por el pueblo Romano, sino también por las naciones extranjeras), se atrevió a enviar al benignísimo y óptimo padre de aquél un memorial acusador, olvidado no sólo del respeto y el afecto que le debía a un hijo del emperador, sino hasta de la más elemental humanidad, que impide prolongar el odio más allá de la muerte.
 
Y por las siguientes pruebas se convenció el Senado de que (Pisón) se había alegrado con su muerte : Porque hizo sacrificios impíos, porque engalanó los barcos en los que viajaba, (y) porque reabrió los templos de los Dioses Inmortales, cuyo cierre había sido decidido por la devoción unánime de todo el Imperio Romano. Fue otra prueba de la misma (alegre) disposición de ánimo el que diera una propina al que le trajo la noticia de la muerte de Germánico César. Se probó además, y ampliamente, que Pisón había celebrado banquetes en aquellos mismos días en los que se le había notificado el fallecimiento de Germánico César. También consideró el Senado que incluso el numen del divino Augusto había sido profanado por él, al rebajar toda la consideración a la que tenían derecho tanto su memoria como las estatuas que, antes de que fuera divinizado, le habían sido dedicadas.
 
[Lín. 71-100 : Primer senadoconsulto y castigos a Pisón padre]
 
Por todo lo dicho, el Senado acordó considerar que (Pisón no sólo) no había hecho frente a la pena que merecía, sino que se había sustraído a otra mayor, la cual presentía que ya le amenazaba a causa del sentido del deber y la severidad de los jueces. Y por ello (decidieron) añadir, a los castigos que él ya había exigido de sí mismo,
- QUE no sería observado el luto por su muerte que, de no haberse hecho este senadoconsulto, se hubiera llevado a cabo por las mujeres (de su familia), según es la ancestral costumbre,
QUE las estatuas y los retratos de Cneo Pisón padre fueran retirados de cualquier lugar en que estuvieran expuestos,
QUE obrarán recta y consecuentemente quienes en el futuro, si pertenecieran a la familia Calpurnia o estuvieran relacionados con ella por consanguineidad o por matrimonio, se esfuercen en que, cuando fallezca algún miembro de la gens o alguno de sus parientes, consanguíneos o políticos, en el momento de celebrar las honras fúnebres habituales se impida que el retrato de Cneo Pisón padre sea llevado en procesión junto con los demás retratos (familiares) y que se coloque su busto entre las imagines maiorum de la gens Calpurnia,
QUE se retire el nombre de Cneo Pisón padre de la inscripción de la estatua de Germánico César que los sodales augustales erigieron en su honor en el Campo (de Agripa), junto al Altar de la Providencia (Augusta),
QUE sean confiscados los bienes de Cneo Pisón padre, excepto el bosque ubicado en la provincia del Ilírico ; que el citado bosque se devuelva a nuestro príncipe Tiberio César Augusto ; porque fue su padre, el divino Augusto, quien se lo regaló a Cneo Pisón padre, y porque (Tiberio) había manifestado su deseo de que se le diera por el siguiente motivo : porque los pueblos cuyos territorios lindaban con este bosque se habían quejado con frecuencia de los daños causados, tanto por Cneo Pisón padre como por sus libertos y esclavos, y pensaba que era mejor prevenirlo de esta forma para que en adelante los aliados del pueblo Romano no pudieran quejarse con derecho y con motivo.
 
[Lín. 90-105 : Segundo senadoconsulto : Sobre los tres hijos de Cneo Pisón padre
y el destino de su herencia]
 
Asimismo el Senado, teniendo presente su (propia tradición de) clemencia, justicia <y> grandeza de ánimo, virtudes éstas que había heredado de sus antepasados, y cuyo ejemplo en el tiempo presente había recibido principalmente del divino Augusto y de Tiberio César Augusto, sus príncipes, decide, en cuanto a los bienes confiscados a Cneo Pisón padre,
QUE es justo y bueno que la mitad de tales bienes sea devuelta, como una concesión del emperador y del Senado, a su hijo Pisón el Mayor. De éste nada (negativo) se ha dicho. Fue cuestor de nuestro príncipe, Germánico le distinguió con su generosidad y ha dado muchas pruebas de su mesura ; por todo lo cual se puede confiar en que será completamente distinto de su padre, y en que, sintiéndose obligado por un beneficio tan grande, obrará recta y consecuentemente si se cambia el praenomen paterno.
También el Senado arbitra, prestando su asentimiento a la humanidad y moderación de su emperador,
QUE le sea concedido el perdón de su pena a Marco Pisón, a fin de que pueda disfrutar más rápidamente del beneficio del Senado sin merma alguna, y que se le dé la otra mitad de la herencia paterna.
BIEN ENTENDIDO QUE, de la totalidad de los bienes que por decreto del Senado (primero) fueron confiscados y (a continuación) se han cedido a ambos, se le dará a Calpurnia, la hija de Cneo Pisón (padre), un millón de sestercios en calidad de dote matrimonial, y otros cuatro millones en concepto de fortuna personal.
 
[Lín. 105-108 : Tercer senadoconsulto, sobre una cuestión urbanístico-simbólica]
 
QUE los encargados de cuidar de los lugares públicos se ocupen de que sea quitada y demolida <la obra> que Cneo Pisón padre construyó junto a la «Puerta Fontinal» con objeto de comunicar sus residencias privadas.
 
[Lín. 109-123 : Cuarto senadoconsulto, conjunto sobre Munacia Plancina y los cómplices de Pisón]
 
Por lo que respecta a Plancina, a la cual fueran reprochados diversos y gravísimos delitos : Debido a que ella había confesado que dejaba toda su esperanza en la clemencia de nuestro emperador y del Senado ; a que nuestro príncipe había pedido de este estamento, a menudo y con mucho interés, que el Senado se diera por satisfecho con el castigo de Cneo Pisón padre y, benigno, perdonara el castigo, (tanto) a la esposa como al hijo Marco, y a que él (Tiberio) intercedía por Plancina a ruegos de su madre, y a que por este asunto (concreto) incluso su madre quería impetrar (directamente).
Y como (el Senado) admitiera como muy legítimos los alegatos expuestos por ella (por Livia), le pareció bien y oportuno apoyar
QUE a Plancina le sea perdonado el castigo, complaciendo de esta forma tanto a Julia Augusta (que merecía óptimamente el reconocimiento del Estado, no sólo por haber alumbrado a nuestro emperador sino también por sus muchos y grandes favores hacia personas de cualquier condición y que, pese a lo mucho que debiera pedir del Senado -y podría mucho con méritos y derecho-, hacía de ello un uso parquísimo), como a la enorme devoción de nuestro emperador hacia su madre.
Y se decidió
QUE a Viselio Caro y a Sempronio Baso -miembros del séquito de Pisón, y cómplices y vicarios de todas sus fechorías- era necesario que el pretor competente en los delitos de alta traición (les) impusiera la pena de destierro, así como que (nos) vengan los bienes de ambos ; (por tanto) que por el pretor que esté al frente del Erario se los haga revertir al tesoro público.
(Fin de las decisiones y senatusconsulta que contestan formalmente a la moción o mociones del emperador)
 

D.

sententia ob vindictam germanici.

[Lín 123-132 : Elogio y ruego a Tiberio]

 
Asimismo el Senado, juzgando que nuestro emperador Tiberio César Augusto se había adelantado a todos en su sentido del deber, y tanto y en tantas ocasiones con la misma pesadumbre (viendo lo cual incluso el Senado se había conmovido vivamente), acuerda rogarle y pedirle con insistencia que todo el desvelo que antes dividía entre sus dos hijos lo dirigiera (ahora) hacia el que (aún) tenía, confiando el Senado en que éste que (le) quedaba (scil., Druso) fuera (objeto) de tanta mayor atención para los Dioses Inmortales cuanto más entendieran que toda la esperanza futura de la vigilia paterna en bien del Estado estaba puesta otra vez en uno sólo. En nombre de lo cual (le rogaban) que pusiera fin a su duelo, y que restableciera en bien de su patria no sólo el espíritu, sino también el semblante que era más conveniente para la felicidad del pueblo.
 
[Lín. 132-136 : Elogio de la familia de Tiberio : Livia y Druso]
 
También el Senado alababa en gran manera el ejercicio de mesura de Julia Augusta y de Druso César, que imitaban la ecuanimidad de nuestro emperador al demostrar ambos a este estamento que se habían esforzado por igual en el mayor amor hacia Germánico como en mantenerse neutrales en sus opiniones hasta tanto no concluyera el juicio sobre Cneo Pisón padre.
 
[Lín. 136-151 : Elogio de la familia de Germánico ; Lín. 136-139 : De la viuda, Agripina]
 
De las demás personas unidas por parentesco a Germánico César asimismo deseaban hacer grandes elogios : De Agripina, a la que recomiendan a los ojos del Senado tanto el recuerdo del divino Augusto -para el cual ella fue valoradísima- como el de su marido, Germánico -junto al cual había convivido en una armonía incomparable-, como tantas prendas de su amor (nueve hijos), engendradas en alumbramientos, y muy felices los de éstos (seis) que sobreviven.
 
[Lín. 140-146 : de su madre, Antonia, y de su hermana, Livia/Livilla]
 
Igualmente de Antonia, la madre de Germánico César, la cual, casada una sola vez -con Druso, el padre de Germánico-, por la integridad de su conducta había dado prueba de ser digna de su estrecha cercanía al divino Augusto. Y de Livia (scil., Livilla), la hermana de Germánico César, que es estimada óptimamente lo mismo por su abuela (Livia) como por su suegro y tío paterno, nuestro príncipe, de cuyas opiniones podría estar orgullosa con razón incluso si no estuviera emparentada con (la casa de) éstos ; con mucho mayor motivo en una mujer ligada (a aquélla) por tan entramados vínculos familiares. De ambas (Antonia y Livilla) el Senado encomia por igual su sincerísimo dolor y su discreción en el duelo.
 
[Lín. 146-151 : de sus hijos y de su hermano]
 
Asimismo piensa el Senado que si el dolor de los hijos de Germánico, tanto el de los que son aún unos niños como el causado a Nerón César -pues éste es ya un iuvenis-, habiendo perdido a un tan buen padre, así como el de Tiberio (Claudio), el hermano de Germánico César, no ha excedido la justa medida, es probable que haya que atribuirlo a la muy estricta disciplina de costumbres de su abuelo y tío, y de Julia Augusta. No obstante, aunque el mérito sea de éstos, ha acordado ponderarlo.
 
[Lín. 151-154 : del orden ecuestre]
 
Que sean alabadas de igual manera la preocupación y la buena voluntad extraordinarias del estamento ecuestre para con el senatorial. Porque lealmente se había percatado de cuánto estaba en juego, y de cuánto tenía que ver con el bienestar de todos y con el deber hacia la patria. Y porque con (sus) frecuentes aclamaciones había demostrado el afecto de su ánimo y su dolor por las afrentas (hechas) a nuestro príncipe y a su hijo, y (estar) en favor del servicio del Estado.
 
[Lín. 155-159 : de la plebe]
 
El Senado aplaude también a la plebe, por haber coincidido en sentimientos con el orden ecuestre y por haber hecho patentes su veneración a nuestro emperador y a la memoria de su hijo. Y porque, aunque (primero) se había soliviantado con incontenibles agitaciones, hasta escenificar ella misma el castigo de Cneo Pisón padre, (después) se avino, a ejemplo del orden ecuestre, a ser guiada por nuestro príncipe.
 
[Lín. 155-165 : del ejército]
 
De la misma forma desea el Senado loar la fidelidad de los militares, cuyos ánimos fueron provocados inútilmente con la perversa intención de Cneo Pisón padre ; espera (el Senado) que los soldados que sirven bajo los auspicios y el mando de nuestro emperador, y obedecen a la Augusta Casa con lealtad y devoción, garantizarán ésta siempre, conscientes de que el bienestar de nuestro imperio descansa en la protección de dicha Casa. El Senado estima que ha de ser preocupación y deber suyos el que entre sus oficiales, y mientras lo sean, <gocen> de mayor influencia (sobre ellos) aquéllos que hayan honrado con lealísima devoción la autoridad de los Césares, fuente de ventajas para Roma y para el imperio del pueblo romano.
 

E.

Disposiciones para la publicaciÓn de los acuerdos en Roma,
en las provincias y en los cuarteles legionarios.

[Lín. 165-173]

 
Y con objeto de que la sucesión de todo lo actuado pueda ser transmitida con más facilidad para memoria de nuestros descendientes, y éstos conocer qué fue lo que el Senado decidió, tanto sobre la extraordinaria mesura de Germánico César como sobre los crímenes de Cneo Pisón padre, se acuerda
QUE el discurso que (nos) dirigió nuestro príncipe, así como los (diferentes) senadoconsultos, sean reunidos (en un solo expediente) y, por escrito, sean depositados en el lugar donde Tiberio César Augusto señale. Y asimismo
QUE el senadoconsulto (refundido), grabado en bronce, sea fijado aquí (en Roma), así como en la ciudad más populosa de cada provincia, y dentro de dicha ciudad en el lugar más concurrido ; y también
QUE este senadoconsulto se exponga en los cuarteles de invierno de cada legión, al lado de los estandartes.
Esto decidieron. Estuvieron presentes 301 senadores. Por moción, este senadoconsulto se ha hecho uno sólo.
 

F.

ANOTACIÓN final de Tiberio.

[Lín. 174-176]

 
Tiberio César Augusto, en el ejercicio de mi potestad tribunicia vigésimo segunda, he añadido a mano que ordeno que este senadoconsulto, que se ha hecho el cuarto día antes de las idus de diciembre del consulado de Cota y Mesala siendo yo el relator, escrito personalmente por mi cuestor Aulo en catorce tablillas, sea depositado en los archivos públicos (scil., en el Tabularium).